NO LE APROBARON UNA MODIFICACIÓN DE DOS PALABRAS EN EL ARTICULO 44 QUE HABLA SOBRE LA PAUTA OFICIAL
Esto comenzó el viernes 11 en sesión de la Convención Constituyente cuando Claudio Ordoñez pidió la palabra y se dirigió a la presidencia para expresar que se sentía ninguneado y discriminado por los integrantes de esa Convención y hasta en algunos momentos sentía que se los trataba de “burros”. En ese momento no préstamos mucha atención al comentario porque consideramos que era parte del debate; pero en la sesión del día lunes 14 el Constituyente Ordoñez pidió que se modificaran dos palabras del artículo 44 y después de un largo debate no se lo concedieron.
El Artículo 44 trata
sobre la información y la difusión de los actos de gobierno, en el último párrafo
dice que se debe difundir por “los medios más idóneos y eficaces”, dejando
al libre albedrio municipal dictaminar cuales serán esos medios, seguramente
quieren les rindan pleitesía. De esta manera se seguirá discriminando a la
prensa independiente.
La convencional voto un artículo en contra de la prensa
independiente y no quiso modificar dos palabras por no haberse presentado un
despacho.
Consideramos que en algunos
convencionales no existe la buena voluntad aunque varios de ellos estaban
avisados sobre el pedido de tal modificación y estuvieron de acuerdo, pero a la hora de votar, argumentaron que no era el procedimiento.
El pedido de esta modificación fue porque se usa la publicidad oficial para beneficiar amigos del poder en eventos privados y a otros medios los convierten en rehenes de dichas pautas. Sabemos que se debe hacer una ordenanza al respecto pero tener un articulo claro en la Carta Orgánica hubiera sido de gran ayuda.
INFORMACIÓN. DIFUSIÓN
(Articulo aprobado)
“Artículo 44. Los
vecinos tienen el derecho a la información periódica sobre el estado de los
ingresos, gastos, disponibilidades, así como, el balance sintético sobre la
ejecución del presupuesto, la ejecución de políticas municipales y lo que
resulte pertinente y de interés general, debiendo ser publicados en el Boletín
Informativo Municipal.
La difusión de las acciones de gobierno se realiza con fines
informativos, educativos y de prevención por los medios más idóneos y eficaces que garanticen el conocimiento
por parte de los vecinos. No tiene finalidad partidaria o electoral.”
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