El día 12 de junio de 2018 fue sancionada por la
Honorable Convención Municipal Constituyente, la Carta Orgánica de la ciudad de
Deán Funes y el viernes 29 de Junio fue publicada en el Boletín Oficial
Municipal. Posteriormente y ya vigente al día siguiente de su publicación y
para completar el ritual, el día lunes 2 de Julio fue jurada por el señor
Intendente Tec. Raúl Figueroa, Presidente del Concejo Deliberante Lic. Verónica
Tomalino y Presidente del Tribunal de Cuentas Municipal Cra. Badía Salti. También
lo hicieron en ese mismo acto todos los Convencionales y Secretarios, quedando
de esta manera cumplimentada la Disposición Transitoria Quinta.
Para una mejor comprensión del lector respecto a
la legitimidad y facultad de la Convención para redactarla, hemos considerado
necesario transcribir textualmente los artículos 180 de la Constitución
Provincial y 2 y 3 de la Carta Orgánica.
AUTONOMÍA: Artículo
180. “Esta Constitución reconoce la existencia del Municipio como una comunidad
natural fundada en la convivencia y asegura el régimen municipal basado en su
autonomía política, administrativa, económica, financiera e institucional.
Los
Municipios son independientes de todo otro poder en el ejercicio de sus
atribuciones, conforme a esta Constitución y las leyes que en su consecuencia
se dicten.”
Artículo 2. AUTONOMÍA:
“El pueblo de la ciudad de Deán Funes, como acto fundacional y a través de
esta Convención Constituyente, dicta esta Carta Orgánica en ejercicio de la
autonomía en el orden institucional, político, administrativo, económico y
financiero. El Municipio tiene la misma jerarquía institucional que el Estado
Nacional y Provincial, con las limitaciones de las competencias asignadas
constitucionalmente.”
Artículo 3. “La autonomía es un bien
supremo que emana del pueblo, que todos los habitantes deben defender. Las
autoridades surgidas de la voluntad popular y los funcionarios que las secunden
tienen como mandato expreso su defensa permanente e irrenunciable contra toda
norma que la vulnere o que pretenda limitarla y deberán, al asumir, prestar
juramento explícito sobre la observancia de esta Carta Orgánica.”